INDIA: se encuentra exonerado el cobro de la visa a todas las personas nacionales de India, debiendo obtener turno a través de este sitio para solicitarla.
CHINA: Los ciudadanos chinos con pasaporte común (de vigencia mayor a seis meses y en buen estado), que posean visa de Unión Europea, Estados Unidos, Reino Unido o Canadá con una vigencia superior al año (contado desde la fecha en que se pretende ingresar) y que ingresen a través de los puertos de Colonia o Montevideo, o mediante los aeropuertos de Carrasco o Laguna del Sauce, no necesitan tramitar visa uruguaya.
Es indispensable su ingreso por los puntos nombrados, no abarcando los puestos migratorios fronterizos, donde sí se solicitará la visa.
TAIWÁN: Deberán obtener el Certificado de Viaje los pasajeros que porten pasaporte donde en su tapa se posea la Leyenda Taiwán.
Por lo antes expuesto, deberán iniciar el trámite por e-mail, enviando la hoja del pasaporte donde figuran los datos personales en formato PDF, y se emitirá el Certificado de Viaje aproximadamente a los 10 días de iniciada la solicitud.
Costo del trámite
El día de la cita deberá abonar el equivalente a U$S 54, en pesos argentinos y exclusivamente en efectivo.
Asimismo, deberá presentar una foto 4x4, fondo blanco y sin lentes.
Correo electrónico para solicitudes o consultas: cdbuenosaires@mrree.gub.uy
REPÚBLICA DOMINICANA: se exonera del requisito de visa a los ciudadanos dominicanos portadores de pasaportes comunes que posean visa de ingreso a los Estados Unidos de América, o al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, vigente hasta por al menos seis (6) meses posteriores a la fecha prevista de ingreso al Uruguay (no siendo necesario tener un ingreso al país que otorgó la visa). El plazo de permanencia en Uruguay será por un máximo de 90 días.
Los ciudadanos dominicanos residentes en Estados Unidos y Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte no estarán comprendidos en el presente mecanismo.
En caso de cumplir con los requisitos antes mencionados recuerde que deberá viajar con el pasaporte dominicano vigente no siendo necesario realizar trámite previo en el Consulado. Si no cumple con los requisitos debe obtener turno para la visa en el Consulado completando el formulario de esta misma sección.
CRUCEROS: En el caso de cruceros con desembarco en tránsito en algún puerto de Uruguay, no es necesario el trámite de visa en el Consulado. La agencia marítima o su representante legal deben gestionar el permiso de ingreso de pasajeros que requieren Visa, ante la Inspectoría de Migraciones del puerto. BUQUEBUS, COLONIA EXPRESS Y OTROS FERRYS NO SON CONSIDERADOS CRUCEROS.